Para quien vive fuera

Su terreno está aquí y usted no

La parte técnica del deslinde —la medición, el plano y el expediente ante Mensuras Catastrales— no necesita que usted viaje. Le explicamos qué sí hace falta y qué se puede resolver a distancia.

Lo primero

No hace falta que venga a medir

Buena parte de nuestro trabajo se coordina a distancia y funciona igual de bien. En la práctica: acordamos el alcance por correo o WhatsApp, hacemos el trabajo de campo con alguien que dé acceso al terreno —un familiar, el encargado, la administración del complejo— y le entregamos la documentación digital con un resumen de lo que se hizo.

Lo que sí necesitamos de usted es una autorización firmada como titular, para poder solicitar el permiso de medir. Eso se prepara y se firma sin que usted se mueva de donde está.

Lo que hace falta

Los documentos, y quién los consigue

  • La constancia anotada original, o el documento que tenga sobre el terreno. Si está en casa de un familiar aquí, con una foto legible empezamos a revisar el historial.
  • Su cédula, o su pasaporte si ya no tiene cédula dominicana vigente.
  • La autorización firmada al agrimensor para solicitar el permiso de medición.
  • La ubicación del terreno, con precisión suficiente para llegar. Si no está seguro de dónde termina, eso es justamente lo que venimos a resolver.
  • Alguien que pueda dar acceso el día del trabajo de campo. No tiene que entender de agrimensura: solo abrir y estar.
Con franqueza

El tropiezo que más veces frena a quien vive fuera

La constancia está a nombre de un padre, un abuelo o un tío que falleció, y la sucesión nunca se determinó.

Eso no impide medir: el trabajo técnico se puede hacer igual. Lo que frena es que la regularización se tramita a nombre de quien figura como dueño, y si falleció, antes hay que determinar quiénes son los herederos. Eso es un proceso judicial aparte, que lleva un abogado y no se hace junto con la regularización. Si ese es su caso, conviene saberlo antes de empezar y no a mitad del expediente, porque el orden en que se hacen las cosas cambia el tiempo total.

Revisamos el historial de la parcela antes de cotizar. Si aparece algo así, se lo decimos entonces.

Los tiempos

Cuánto tarda, sin adornos

La etapa técnica lleva de cuatro a seis meses, hasta que Mensuras Catastrales aprueba la mensura. De ese plazo respondemos nosotros.

Si nadie se opone, lo que sigue es administrativo: el Registro de Títulos inscribe el resultado, sin pasar por el tribunal. Si hay oposición, un colindante que no está de acuerdo, por ejemplo, el expediente va al Tribunal de Tierras con un abogado. A esa no le ponemos plazo, y desconfíe de quien se lo dé: depende del tribunal y del abogado, y ninguno de los dos depende de nosotros.

Preguntas

Lo que más nos preguntan desde fuera

¿Tengo que dar un poder a alguien?
Para la parte técnica basta con la autorización firmada al agrimensor. Si el expediente termina en el tribunal, o si hay que determinar herederos, la forma que debe tener el poder la determina el abogado que lo lleve, según su caso y desde qué país firme. Nosotros no damos ese consejo: preferimos decirle que lo consulte a improvisar algo que le cueste un viaje.
¿Puedo pagar desde el exterior?
Sí. Acordamos el esquema antes de empezar y no hace falta cubrirlo todo por adelantado. Se lo detallamos por escrito en la cotización.
¿Cómo sé que se hizo el trabajo si no estoy allá?
Le entregamos el plano de mensura firmado por agrimensor colegiado, las coordenadas del levantamiento y el comprobante del depósito ante Mensuras Catastrales. Son los mismos documentos que recibiría estando aquí, y valen ante cualquier institución.
¿Y si el terreno está ocupado o alguien movió los linderos?
Se ve en el trabajo de campo y se lo decimos con las coordenadas delante. Si hay desacuerdo con un colindante, el expediente pasa por tribunal y el proceso se alarga; eso también se lo advertimos antes, no después.
¿Atienden fuera de Santo Domingo?
Sí, en todo el país: Santiago, Punta Cana, La Romana, San Pedro de Macorís, el Sur y zonas rurales.

Cuéntenos su caso

Con el número de parcela y el Distrito Catastral revisamos el historial y le decimos qué le corresponde, sin compromiso. La diferencia horaria no es problema.

Si va a titular desde fuera del país, hay un detalle que decide si el expediente avanza: las notificaciones. La Resolución 82-2025 abrió la vía administrativa pero las endureció — en persona o a domicilio, nunca a domicilio desconocido. Lo explicamos en titular un terreno desde el exterior.