Nuestro compromiso y sus condiciones
Nos comprometemos hasta que tenga su título en mano. Esta página dice exactamente qué significa eso, qué cubre, qué no, y qué necesitamos de usted. Sin letra pequeña.
Por qué esta página existe
Un deslinde tiene tres etapas y nosotros solo hacemos una. La técnica —medir, hacer los planos y llevar el expediente hasta que Mensuras Catastrales lo apruebe— es nuestra y respondemos por ella. La judicial la lleva su abogado ante el Tribunal de Tierras. La registral la resuelve el Registro de Títulos.
Prometerle que un tribunal fallará, o cuándo lo hará, sería mentirle. Lo que sí podemos prometerle, y es lo que esta página desarrolla, son dos cosas que dependen enteramente de nosotros: que no soltamos su expediente y que lo que salga mal por culpa nuestra lo arreglamos sin cobrarle.
Qué le garantizamos
- Acompañamiento hasta el final. Damos seguimiento al expediente hasta la emisión del Certificado de Título, aunque las etapas legal y registral no las ejecutemos nosotros. No desaparecemos al entregar el plano.
- Corrección sin costo de lo que sea nuestro. Si Mensuras Catastrales observa el expediente por un error de medición, de plano, de archivo XML o de memoria descriptiva, lo corregimos y lo volvemos a someter sin cobrarle un peso adicional y sin discutirlo con usted.
- Precio cerrado por escrito. El monto de la etapa técnica que le cotizamos no sube durante el proceso, salvo que usted cambie el alcance del trabajo (por ejemplo, ampliar el área a medir o añadir construcciones que no estaban).
- Le decimos lo que cuesta lo demás. Antes de empezar le estimamos por escrito los honorarios legales, las publicaciones y las tasas del Registro, aunque no los cobremos nosotros.
Qué no está incluido
Nada de esto lo cobramos nosotros ni lo controlamos. Se lo decimos desde el primer día para que no aparezca como sorpresa a mitad del proceso.
| Qué | De quién depende |
|---|---|
| Honorarios del abogado que lleve el expediente | Los fija cada abogado |
| Publicación del aviso en prensa | El periódico |
| Tasas del Registro de Títulos y emisión del certificado | Jurisdicción Inmobiliaria |
| Los plazos del tribunal, de Mensuras y del Registro | Cada institución |
| El resultado de una litis, oposición o disputa de linderos | El tribunal |
| Terrenos en franja costera, área protegida o del dominio del Estado | Requieren un trámite distinto |
| Sucesiones no determinadas o titulares fallecidos sin herederos declarados | Debe resolverse antes |
Qué necesitamos de usted
El compromiso funciona en las dos direcciones. Estas cuatro cosas son las que más veces atrasan un expediente, y ninguna depende de nosotros.
- Documentos completos y verídicos. La constancia o el título, su cédula y lo que le pidamos según el caso. Si hay algo que pueda complicar el expediente —una disputa con un vecino, una venta sin registrar, un heredero que no aparece— necesitamos saberlo desde el principio.
- Respuesta en 15 días hábiles. Cuando le pidamos un documento o una decisión, ese es el plazo con el que contamos. Un expediente parado esperando respuesta se atrasa entero.
- Acceso al terreno y datos de los colindantes. El reglamento obliga a notificar a los vecinos antes de medir. Sin sus nombres y contactos el trabajo no puede avanzar.
- Estar al día con lo acordado. Damos facilidades de pago; lo que pedimos es que se cumplan las fechas convenidas.
Si algo sale mal
Si el error es nuestro, lo repetimos sin costo: nueva medición, nuevo plano, nuevo sometimiento, las veces que haga falta hasta que Mensuras Catastrales apruebe. Sin límite de intentos y sin cargo adicional en ninguno.
Si el expediente no puede aprobarse por una causa que sea nuestra y no tenga arreglo técnico, le devolvemos lo que nos haya pagado por la etapa técnica.
Cuánto dura
- Mientras el expediente esté activo, y hasta 6 meses después de que Mensuras Catastrales apruebe la mensura.
- Si el expediente queda detenido por más de 3 meses por causas ajenas a nosotros —documentos que no llegan, decisiones pendientes suyas—, el compromiso queda en suspenso y se reactiva cuando el expediente vuelva a moverse.
Cuándo deja de aplicar
- Si se entregan documentos falsos o se oculta información relevante del terreno o de su titularidad.
- Si otro agrimensor interviene el expediente y modifica la medición, los planos o los archivos ya sometidos. Puede consultar a quien quiera cuando quiera —es su terreno y es su derecho—; lo que no podemos es responder por un trabajo que ya no es el nuestro.
- Si el terreno se modifica después de medido —se mueven linderos, se construye, se divide— sin avisarnos.
- Si quedan pagos vencidos sin resolver.
En cualquiera de estos casos se lo diremos por escrito y le explicaremos por qué, antes de detener cualquier trabajo.
¿Tiene una duda sobre alguna de estas condiciones?
Pregúntenos antes de contratar, no después. Preferimos aclararlo ahora que discutirlo a mitad del expediente.
AgrimData & Servicios, S.R.L., operando desde 2015. Estas condiciones forman parte de la propuesta de servicio que se entrega por escrito antes de iniciar cualquier trabajo, y no sustituyen a lo pactado en ella. Ante cualquier diferencia entre esta página y la propuesta firmada, prevalece la propuesta.