División para constitución de condominios en República Dominicana
Es el trámite que convierte un edificio o un conjunto en unidades con título propio. La parte técnica la hacemos nosotros y la depositamos ante Mensuras Catastrales; la parte legal la ejecuta nuestra firma aliada. Usted trata con una sola oficina, y el proceso termina cuando le entregamos los títulos.
División catastral para condominios
Cuando un edificio o conjunto residencial se constituye como condominio, cada unidad independiente necesita su propia partición catastral para poder tener un título de propiedad individual.
El régimen de condominio se aplica para dividir edificaciones, complejos residenciales, complejos hoteleros, complejos industriales, cementerios privados o cualquier otro sistema de propiedad inmobiliaria donde se quiera establecer una relación inseparable entre sectores de propiedad exclusiva y sectores comunes. Es la definición del propio Registro Inmobiliario.
Este proceso está regulado por la Ley 5038 sobre Condominios, del 21 de noviembre de 1958, modificada por la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario, y requiere la elaboración de planos específicos que describan cada unidad, las áreas comunes y su porcentaje de participación.
Lo explicamos en qué es una unidad funcional y por qué decide el precio de su condominio.
¿Qué tipo de proyecto tiene?
Condominio vertical
Edificios con múltiples apartamentos superpuestos en distintos pisos. Cada apartamento recibe su título independiente.
Condominio horizontal
Conjuntos de casas o villas en un terreno común. Cada unidad con su solar independiente y áreas comunes compartidas.
Condominio comercial
Locales comerciales, oficinas o bodegas en un mismo edificio con títulos individuales por unidad.
Proyectos mixtos
Edificaciones con uso residencial y comercial combinado, con la partición catastral correspondiente a cada uso.
El trámite vive en dos oficinas, y cada expediente lleva dentro una pieza del otro
No es un trámite, son dos, y van en oficinas distintas de la Jurisdicción Inmobiliaria:
- División para Constitución de Condominio, ante la Dirección Regional de Mensuras Catastrales. Es la parte técnica: se identifica, se dimensiona y se ubica cada sector del inmueble, y se determina si es propio, común o complementario.
- Constitución de Régimen de Condominio, ante el Registro de Títulos. Es la parte registral y legal: la que hace que cada unidad exista como derecho inscrito.
Y aquí está el detalle que decide cuánto tarda todo. El acta declaratoria de condominio —un documento legal, notarizado, firmado por el propietario y su cónyuge— no se deposita solo en Registro de Títulos: la ficha oficial del trámite dice que se presenta ante Mensuras Catastrales al momento de solicitar la División para Constitución de Condominio. Va dentro del expediente técnico.
Y al revés: el plano de división aprobado por Mensuras Catastrales es requisito del expediente que se deposita en Registro de Títulos.
O sea que el expediente del agrimensor necesita un papel del abogado, y el del abogado necesita el plano del agrimensor. Cuando cada parte la lleva una oficina que no habla con la otra, esa pieza se pide, se espera, llega mal, se corrige y se vuelve a depositar. Cada vez que un expediente se observa, el reloj vuelve a empezar. No es mala suerte: es el diseño del trámite.
Un interlocutor, dos firmas
Usted trata con nosotros de principio a fin, pero no le vendemos que hacemos algo que no hacemos. Somos agrimensores y esa es nuestra firma.
- 📐La parte técnica es nuestraLevantamiento del inmueble, planos de división por unidad, archivos XML del Módulo de Ingreso a Mensura, datos crudos y el depósito ante la Dirección Regional de Mensuras Catastrales.
- ⚖La parte legal la ejecuta Drelex Servicios LegalesActa declaratoria de condominio, reglamento del régimen de condominio, consorcio de copropietarios y el expediente ante Registro de Títulos. Es nuestra firma aliada, estudio jurídico en Santo Domingo Este.
- 🤝La coordinación entre las dos no la hace ustedEl acta que necesita nuestro expediente y el plano que necesita el suyo se cruzan entre las dos oficinas sin que usted tenga que llevar papeles de una a otra.
Si usted ya tiene abogado, mejor: trabajamos con el suyo exactamente igual y le entregamos a él. Esa es la manera en que atendemos a los abogados y agencias inmobiliarias que nos mandan expedientes, y no cambia por esto.
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Documentación que producimos
- 📐Plano general del conjuntoVista completa del proyecto con todas las unidades y áreas comunes
- 📐Planos individuales por unidadPlano específico de cada apartamento, villa o local con sus dimensiones
- 📊Tabla de áreas y porcentajesÁrea de cada unidad y su porcentaje de participación en las áreas comunes
- 💾Archivos XML MIM P y MIM CGenerados por el Módulo de Ingreso a Mensura, que es la vía por la que la Jurisdicción Inmobiliaria recibe el trabajo, más los datos crudos del levantamiento
- 📋Memoria descriptivaDescripción técnica completa del proyecto de condominio
- 🏤Depósito y seguimientoDepositamos el expediente en la Dirección Regional territorialmente competente, o por la Oficina Virtual de Mensuras, y si se observa lo corregimos y lo volvemos a depositar
La división para constitución de condominio no requiere autorización previa: se deposita directamente. Pero solo la puede presentar un agrimensor legalmente habilitado, no el propietario por su cuenta.
Lo que necesitamos de usted
- El duplicado del Certificado de Título del inmueble que se va a afectar.
- La licencia de construcción o el documento aprobatorio de la autoridad competente, y el juego de planos del proyecto aprobado.
- Sus documentos de identidad y los de su cónyuge si aplica. Si es extranjero, pasaporte más un segundo documento oficial.
- El documento que autoriza la representación, si quien firma no es el propietario: acta de asamblea, estatutos societarios o poder.
- La instancia de solicitud firmada por usted como propietario, y la carta de conformidad con los trabajos presentados.
Si algo de esta lista no lo tiene o no sabe dónde está, dígalo al principio. Casi siempre se consigue; lo que cuesta caro es descubrirlo con el expediente ya depositado.
Lo que tarda el Estado, y lo que cuesta en tasas
Estos plazos y montos son de la Jurisdicción Inmobiliaria, no nuestros. Los citamos porque conviene conocerlos antes de empezar, y porque nadie debería prometerle un plazo sobre algo que no controla.
- 45 días para que la Dirección Regional de Mensuras Catastrales se pronuncie sobre el expediente técnico.
- RD$1,000.00 de tasas por servicios de la Jurisdicción Inmobiliaria por cada unidad funcional resultante. Es por unidad, no por expediente: un edificio de doce apartamentos son doce veces esa tasa.
- La etapa ante Registro de Títulos tiene su propio plazo y sus propias tasas, y las informa el abogado que lleve esa parte.
Lo que más nos preguntan
¿Puedo constituir el condominio si el edificio todavía está en construcción?
¿Cuántos títulos salen al final?
Ya tengo abogado. ¿Puedo contratar solo la parte técnica?
¿Qué pasa si el expediente se observa?
¿Trabajan fuera de Santo Domingo?
¿Tiene un proyecto de condominio?
Escríbanos con el Certificado de Título y el número de unidades. Le decimos qué necesita, en qué orden y qué parte lleva cada firma, sin compromiso.