Servicio catastral

Refundición de parcelas en República Dominicana

Es lo contrario de la subdivisión: dos o más parcelas registradas se integran en una sola, con un título único. Se usa antes de construir sobre varios solares, para ordenar un patrimonio disperso o para que el banco vea una garantía y no tres. Nosotros hacemos la etapa técnica.

Qué es

Varias parcelas entran, una sale

El Reglamento General de Mensuras Catastrales lo define como el «acto de levantamiento parcelario que tiene por fin la creación de una nueva parcela por integración de dos o más parcelas registradas».

La condición que decide si se puede o no: las parcelas tienen que ser colindantes entre sí. Está en la propia ficha del trámite. Dos parcelas del mismo dueño separadas por la de un tercero no se pueden refundir, por mucho que ambas sean suyas. Es la primera pregunta que hacemos antes de cotizar.
Cuándo se necesita

Para qué sirve juntarlas

  • 🏗
    Construir sobre varios solaresUn proyecto que ocupa dos o tres parcelas necesita una sola para el permiso y para el plano.
  • 🏦
    Presentar una garantía sola al bancoUna parcela con un título es más fácil de tasar y de hipotecar que tres piezas sueltas.
  • 🗂
    Ordenar un patrimonio heredadoCompras sucesivas a lo largo de los años dejan un rompecabezas de títulos que nadie sabe leer.
  • 📏
    Eliminar linderos internos que ya no existenLo que en el terreno es una sola finca sigue siendo varias en el registro.
Antes de empezar

Hay un paso previo que casi nadie cuenta

Este trámite exige autorización previa de la Dirección Regional de Mensuras Catastrales. Los dos primeros requisitos de la ficha oficial son, literalmente, «instancia de solicitud de autorización» y «autorización».

O sea que antes de que un agrimensor pueda salir a medir hay una espera propia, con su propio expediente. Quien planifica contando solo los 45 días de la aprobación final se queda corto, y esa es la sorpresa que más veces descoloca un cierre de venta.

Se diferencia en esto de la división para constitución de condominio, que no requiere autorización y se deposita directamente.

De su lado

Lo que necesitamos de usted

  • El duplicado del certificado de título de la parcela o parcelas.
  • Sus documentos de identidad y los de cualquier otra parte con derechos.
  • El documento que autoriza la representación, si quien firma no es el titular.
  • La conformidad del acreedor, si el inmueble tiene una hipoteca inscrita.
  • Los datos de los colindantes: hay que notificarles la fecha de los trabajos de campo. Es requisito, no cortesía.

Si el inmueble está en área protegida o zona de amortiguamiento, además hay que notificar al Ministerio de Medio Ambiente. Lo revisamos antes de cotizar y se lo decimos entonces, no a mitad del expediente.

Plazos y tasas

Lo que tarda el Estado, y lo que cuesta en tasas

Estos plazos y montos son de la Jurisdicción Inmobiliaria, no nuestros. Nadie debería prometerle un plazo sobre algo que no controla.

  • 45 días hábiles para que la Dirección Regional se pronuncie, según el artículo 52 de la Resolución 789-2022. Hábiles, no corridos: en el calendario son más de dos meses.
  • RD$1,000.00 de tasas por cada parcela resultante. Por parcela, no por expediente.
  • A eso se suma el tiempo de la autorización previa, y después la etapa registral ante Registro de Títulos, que lleva un abogado.
Datos tomados de la ficha oficial del trámite publicada por el Registro Inmobiliario, consultada en septiembre de 2026. Los montos y plazos oficiales pueden cambiar sin que esta página se entere: confírmelos al cotizar.
Cómo lo resolvemos

Un interlocutor, dos firmas

La etapa técnica es nuestra: la autorización, el levantamiento, el acta de hitos y mensura, el informe técnico, los planos generales e individuales, el archivo de coordenadas, los datos crudos y el depósito ante Mensuras Catastrales.

La etapa registral —la que hace que las parcelas nuevas existan como derecho inscrito— la ejecuta Drelex Servicios Legales, nuestra firma aliada. Usted trata con una sola oficina.

Si ya tiene abogado, trabajamos con el suyo igual y le entregamos a él. Es la misma regla que aplicamos con los abogados y agencias que nos mandan expedientes.

¿Va a unir varias parcelas?

Con el certificado de título y lo que quiere lograr le decimos qué trámite le corresponde, en qué orden y qué parte lleva cada firma. Sin compromiso.